15 de marzo de 2021

AOA en alerta por falta de respuesta y continuidad en mesas de trabajo con el MINVU

Desde mediados del año pasado y en lo que va de este 2021, AOA se ha pronunciado respecto de diversos Decretos en elaboración o tramitación por parte del MINVU. Según esto, en algunos casos se acordó con el ministerio formar mesas de trabajo, incluyendo también a otros gremios, con el propósito de avanzar en un texto que considere nuestras propuestas realizadas desde la experiencia de la práctica profesional. Desgraciadamente tanto las observaciones enviadas en su momento, como el avance de los grupos de trabajo ha ido perdiendo el impulso inicial, por razones que no conocemos, encontrándonos hoy con poca claridad respecto del posible destino de cada uno de estos temas. A continuación un resumen:

 

1. PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ARTÍCULO 2.6.12. DE LA O.G.U.C.

 

Se refiere al distanciamiento que deben cumplir las edificaciones aisladas que presentan retranqueos a partir de los 10.5 metros de altura.

 

La propuesta de modificación surge como consecuencia del Dictamen N° E58946/2020 del 11 de Diciembre de 2020, que ordena a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo adoptar las medidas tendientes a adecuar el contenido de la DDU Específica N° 5, de 2009, que instruye sobre la aplicación del artículo 2.6.12. cuando las edificaciones aisladas presentan retranqueos, ya que de acuerdo a lo establecido por la CGR dicha interpretación de la DDU no tendría sustento jurídico.

 

En virtud de lo anterior, el MINVU elaboró una propuesta de modificación que fue presentada en consulta pública en el mes de enero.

 

La AOA hizo llegar sus observaciones y precisiones, que apuntaban a aclarar la redacción de las materias de arquitectura tratadas para facilitar su aplicación.

 

Asimismo, se proponía ajustar el inciso vigésimo tercero del artículo 2.6.3 a objeto de dejarlo coherente con la modificación propuesta sobre el artículo 2.6.12.

 

Según hemos sido informados el decreto se encuentra en tramitación y las mencionadas observaciones de la AOA no habrían sido acogidas.

 

2. PROPUESTA DE DECRETO DE CALIDAD

 

Creemos que la principal causa de los crecientes problemas de los proyectos es la incoherencia existente entre el texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y lo dispuesto en la Ley que se aprobó en el Congreso en 2013 y que, definitivamente, acotó las materias a revisar por parte de las Direcciones de Obras Municipales a los aspectos urbanísticos y no a otras cosas.

 

A nuestro juicio dicha adecuación de la Ordenanza a la Ley requiere 3 decretos. El primero es el mencionado Decreto de Calidad, un segundo que aclarare las normas urbanísticas que pueden aplicar los Planes Reguladores, y un tercero que aclare diferentes normas confusas de la Ordenanza que producen todo tipo de discusiones y conflictos innecesarios.

 

A mediados del año pasado el MINVU presentó en consulta pública un decreto de modificación de la OGUC con el propósito de adecuarla a las Leyes de Calidad N°19.472, 20.016, 20.703 y otras.

 

A partir de este, todos los gremios relacionados (CA, CChC, ADOM, ADI, ANRI y AOA) trabajaron en una completa propuesta, que se presentó al MINVU el 30 de Julio de 2020.

 

El decreto aborda principalmente dos materias, las responsabilidades profesionales y la tramitación de anteproyectos y proyectos ante las Direcciones de Obras Municipales. Es un texto largo, dado que son temas centrales de la Ordenanza, tratadas en numerosos artículos, para lo cual se acordó con el MINVU su revisión en una mesa técnica de trabajo, con la participación de todos los actores, en un calendario de 8 reuniones periódicas.

 

Se concretaron en un comienzo las primeras 3, con escaso avance, pero con el paso de los meses dejaron de efectuarse. Se acaba de convocar a una cuarta “y última” reunión a la mesa, situación que preocupa dado que no es más del 5% del decreto lo que hemos podido analizar.

 

En complemento con lo anterior, la AOA ha solicitado (4 de agosto de 2020) resolver diversos aspectos puntuales de la OGUC que afectan aspectos de arquitectura de los proyectos y que podrían ser aclarados sin necesidad de dictar un decreto. Aún no tenemos respuesta.

 

3. DOM EN LINEA

 

La AOA ha planteado desde hace tiempo la necesidad de reenfocar el DOM en Línea. Lo anterior porque la idea de agilizar las tramitaciones y modernizar las Direcciones de Obras Municipales NO requiere implementar una plataforma obligatoria y única para tramitar todos los permisos y en todas las DOM del país.

 

La AOA ha formulado una serie de propuestas sobre reforzar directamente a las Direcciones de Obras y no continuar con el esquema actual que generará un sistema de control centralizado y nueva burocracia.

 

4. VIGENCIA DE LOS PERMISOS

 

AOA se pronuncia sobre el Proyecto de Decreto en materia de Vigencia de los Permisos a finales de Agosto del 2020.

 

Si bien compartimos el enfoque propuesto en cuanto a dictar reglas más detalladas que las actuales sobre la vigencia de los permisos y los requisitos involucrados en su caducidad, nos parece necesario hacer algunos alcances o precisiones, relativas a proyectos compuestos por dos o más edificaciones, o sobre casos en que las obras no pueden iniciarse por razones ajenas al propietario.

 

5. TRANSICIÓN EISTU – IMIV

 

El 18 de noviembre pasado comenzó a regir el nuevo sistema de estudios, mitigaciones y aportes al espacio público derivados de la Ley 20.958, incorporado por esta como Capítulo II del Título V de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

 

AOA hizo ver en su momento que la puesta en marcha de tal sistema incrementaría las dificultades por las cuales estaba pasando la industria de la construcción, tanto desde la perspectiva pública como privada.

 

La forma en que quedó definido el nuevo sistema de estudios caso a caso en la ley (IMIV), y consecuentemente en los reglamentos (DS 14 de 2018 y DS 30 de 2019), significará un cambio de importante magnitud para la elaboración y desarrollo de los proyectos de construcción y, junto con ello, una sobrecarga para las entidades públicas que, ahora, deberán evaluar y pronunciarse sobre una cantidad de estudios e informes varias veces superior a la que, con grandes dificultades, tramitan hoy.

 

Un avance significó la dictación de una ley que postergó por un año la exigencia de los IMIV, sin embargo, persisten una serie de problemas relacionados con la entrada en vigencia de los demás aspectos de la ley, especialmente después de la dictación de una circular del MINVU que desconoce el resguardo de los anteproyectos sobre la aplicación de nuevas normas posteriores.

 

La AOA envió un análisis detallado de tales aspectos, hasta ahora sin respuesta.

 

6. OBRAS QUE NO REQUIEREN PERMISOS

 

Otro decreto puesto en consulta pública se refiere a las obras “que no requieren permiso”, aclarando las situaciones hoy contempladas en el artículo 5.1.2. de la OGUC y su coordinación con el artículo 5.1.4. sobre permisos de obra menor.

 

Entre las observaciones de la AOA se encuentra una serie de precisiones relativas a permisos que no involucran normas urbanísticas y, por tanto, no deben ser revisadas por las DOM. Hasta ahora no conocemos respuesta.

 

7. DECRETO DE REGLAMENTACIÓN TÉRMICA

 

Como dimos a conocer hace un tiempo, bajo el encabezado “atentado contra la arquitectura”, desde un comienzo AOA estuvo en desacuerdo con la proposición de decreto modificatorio en materia de Reglamentación Térmica, sometido a consulta pública en Septiembre del 2020.

 

Por lo mismo, para fundamentar su postura se entregó un extenso documento que aborda los diferentes aspectos.

 

El decreto establece una serie de exigencias o medidas específicas a cumplir, según la zona térmica en que se emplace el proyecto y según el destino que tendrá la edificación, con requisitos especiales para las distintas partes que conforman una edificación, techumbre, muros, pisos, sobre cimientos y ventanas.

 

Tal como está formulado significaría que muchas obras señeras de la arquitectura mundial no podrían construirse, ni siquiera utilizando medios científicos y técnicos que permitan cumplir con las exigencias dispuestas.

 

Tal vez la muestra más clara de lo anterior sea la disposición del decreto referente al “máximo de superficie de ventanas permitido por orientación de un proyecto de arquitectura”, norma que, simplemente, los arquitectos no podemos aceptar.

 

Junto con lo anterior AOA manifestó su disposición para colaborar en la formulación de normas sobre esta importante materia, sumándonos al continuo proceso de mejoramiento que ocurre a nivel internacional. Respecto de esto, al comienzo se realizaron algunas reuniones, pero hoy también desconocemos la situación.

 

8. AGUAS GRISES

 

AOA se informa de un nuevo decreto del MINVU, que modifica la Ordenanza General en materia de sistemas de tratamiento de aguas grises, el que ya estaría en Contraloría por lo que podría ser publicado prontamente en el Diario Oficial.

 

Este incorpora la obligación de que todos los proyectos de más de una determinada superficie edificada, exceptuando los de vivienda, tengan que contemplar una planta de tratamiento y un sistema de reutilización de “aguas grises”, lo que implica un doble sistema de evacuación, uno propio de los wc hacia el alcantarillado público y otro propio de todos los demás desagües hacia una planta de tratamiento interna.

 

Estando de acuerdo con el espíritu de incorporar en el tiempo nuevos estándares a las construcciones, no nos parece el mejor momento de hacerlo. Sin embargo, sin ninguna relación con el tema de las aguas grises, el decreto tiene otros dos aspectos que tendrán efectos negativos:

 

El primero sobre ampliar las exigencias de ejecutar obras de urbanización por parte de los proyectos y, el segundo, sobre no reconocer los anteproyectos al momento de fijar las normas con que debe evaluarse el posterior proyecto para la obtención del permiso.

 

Nuestros comentarios se hicieron llegar al MINVU, pero hasta hoy no ha habido respuesta.

 

Una reflexión final: Estamos conscientes de que la autoridad es la encargada de dictar las modificaciones reglamentarias que a su parecer sean necesarias, sin embargo, creemos que es nuestra obligación como arquitectos, que luego deberemos aplicar las nuevas disposiciones, hacer ver los aspectos que podrían traer efectos negativos, junto con realizar propuestas que permitirían salvar la situación o generar mejoras al sistema. Las autoridades pasan pero las normas quedan.

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